Hola!, qué experiencias han tenido en relación a crear o actualizar ordenanzas de aseo y/o medioambiente para incluir actividades y/o acciones de la ley REP?. ej. separación de residuos.
Hola, por nuestra parte no hemos tenido experiencia en esto, pero puede ser útil basarse en el modelo oficial que aprobó el Ministerio del Medio Ambiente en la Resolución Exenta N.º 9 de 2022.
Considerando que la ley establece en su artículo 30, literal d), que las municipalidades “deberán incorporar en sus ordenanzas municipales la obligación de separar los residuos en origen y fomentar el reciclaje (…)”, esta ordenanza puede incorporarse directamente como un capítulo dentro de una ordenanza más amplia de aseo o medio ambiente (por ejemplo, incluyendo la regulación sobre plásticos de un solo uso), aunque también podría elaborarse una ordenanza para regular esta materia en particular.
Un ejemplo a revisar podría ser la Ordenanza de Medio Ambiente de Concepción (Res. N.º 6 de 2024), que integra en su ordenanza ambiental general no solo la regulación de residuos, sino también lineamientos para convenios con sistemas de gestión y recicladores de base, fiscalización y principios generales.
¡Hola! Si bien no tenemos una amplia experiencia directa redactando este tipo de ordenanzas, sí hemos visto cómo varias municipalidades han ido actualizándolas para ajustarse a lo que exige la Ley REP.
Dependiendo de tu duda específica, quizás te sirva lo siguiente:
Desde el punto de vista jurídico, lo central es que la Ley REP obliga a las municipalidades a incorporar en sus ordenanzas la separación de residuos en origen y el fomento del reciclaje. Eso significa que la comuna debe definir por escrito cómo implementará estas obligaciones: por ejemplo, qué residuos deberán separarse, cómo se realizará la recolección diferenciada y qué responsabilidades tendrá cada actor, etc.
Un aspecto importante es que no existe una única forma de hacerlo. Algunas comunas han optado por dictar una ordenanza nueva dedicada exclusivamente a residuos y REP, mientras que otras prefieren modificar su ordenanza de aseo o de medio ambiente, agregando capítulos específicos. Ambas alternativas son perfectamente válidas si cumplen con las exigencias de la ley.
Además, la ordenanza es una buena oportunidad para regular aspectos prácticos, como los convenios con sistemas de gestión, el rol de los recicladores de base, los mecanismos de fiscalización municipal y las eventuales sanciones. Esto evita que la ordenanza quede solo en declaraciones generales y permite ordenar de manera clara el funcionamiento de la gestión de residuos en la comuna.
Para elaborarla o actualizarla, suele ser muy útil revisar modelos y ejemplos ya aprobados —como el que mencionó Cristóbal— y adaptarlos a la realidad local. Cada municipio tiene capacidades distintas, por lo que la regulación puede ajustarse según los recursos disponibles, la infraestructura, los programas vigentes y la forma en que actualmente se manejan los residuos.
En esa línea, algo que facilita mucho el proceso es diagnosticar primero cómo funciona hoy la gestión de residuos en la comuna: si existe recolección diferenciada, cuántos puntos limpios hay, si se trabaja con recicladores de base, entre otros elementos. Con ese panorama claro, es más fácil decidir qué componentes de la REP deben incorporarse y cómo escribirlos.
En resumen, lo que suelen incluir las ordenanzas que funcionan bien es:
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Cómo se implementará la separación en origen (qué categorías, dónde y cómo).
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Las responsabilidades de vecinos, municipio y empresas gestoras.
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La forma en que la comuna se coordinará con los sistemas de gestión REP y, cuando corresponda, con recicladores de base.
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Los mecanismos de fiscalización y sanciones para asegurar el cumplimiento.
Lo más importante es que la ordenanza se ajuste a la realidad local, ya que la ley entrega el marco general, pero cada comuna define la forma concreta de llevarlo a la práctica.
En breve, lo importante es lo siguiente: cumplir las obligaciones mínimas de la Ley REP, establecer reglas claras para la separación y gestión de residuos y adaptar todo ello a lo que la municipalidad realmente puede implementar. ¡Saludos!